La Justicia ordenó al PAMI cubrir el 100% de un geriátrico en Concepción del Uruguay

La medida beneficia a una afiliada de 93 años y establece que la obra social debe garantizar de manera inmediata la internación en una residencia de la ciudad. La Cámara Federal de Paraná confirmó el fallo y rechazó la posibilidad de obligar a la mujer a trasladarse a otra localidad.



La Justicia Federal ordenó al Programa de Atención Médica Integral (PAMI) brindar la cobertura integral del 100% de la internación geriátrica de una afiliada de 93 años en una residencia de Concepción del Uruguay. La resolución se produjo luego de que la familia recurriera a la Justicia ante la negativa de la obra social a garantizar la prestación en la ciudad.

El caso fue impulsado por el abogado Valodia Nichajew, mediante una acción de amparo de salud. El planteo sostuvo que trasladar a la mujer a una residencia ubicada fuera de Concepción del Uruguay, tal como proponía el PAMI, podía afectar su estado de salud, su estabilidad y el contacto cotidiano con su entorno familiar.

Según se informó, tanto el fallo de primera instancia como la posterior ratificación unánime de la Cámara Federal de Paraná concluyeron que los requisitos administrativos y las gestiones burocráticas de la obra social no pueden convertirse en obstáculos arbitrarios para garantizar el derecho a la salud y a la vida.

La importancia de la cercanía familiar
En su resolución, el tribunal tuvo en cuenta el principio de progresividad de los derechos de las personas mayores y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

En ese marco, se destacó la importancia de mantener la cercanía con los familiares, al considerar que el entorno afectivo constituye un factor relevante para el bienestar biopsicosocial de las personas mayores.

La decisión reafirma la obligación de garantizar una prestación adecuada a las necesidades de la afiliada y de evitar que las dificultades administrativas prevalezcan sobre sus derechos.

Un antecedente para otros afiliados
El pronunciamiento representa un antecedente de interés para otras personas que atraviesan situaciones similares frente a obras sociales o empresas de medicina prepaga.

El caso también pone de relieve la posibilidad de recurrir a la vía judicial cuando una prestación vinculada con la salud o el cuidado de una persona mayor es rechazada o no se garantiza de manera adecuada.

La resolución judicial ratifica que el acceso a una residencia geriátrica necesaria para una vida digna debe contemplar no solo las cuestiones asistenciales, sino también las condiciones que contribuyen a preservar la estabilidad y los vínculos afectivos de la persona. Fuente: Babel Digital

¿Qué sensación te produjo esta nota?