ATER reglamentó la reducción del 20% en Ingresos Brutos para el turismo y la gastronomía

La medida alcanza a los sectores de turismo, gastronomía, hotelería y eventos. Estará vigente desde el 1° de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2026 y busca aliviar la carga fiscal de estas actividades.
11/09/2026

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) oficializó la reducción del 20% en las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para distintas actividades vinculadas al turismo, la gastronomía, la hotelería y los eventos.

La medida fue establecida mediante la Resolución N° 317/26, publicada en el Boletín Oficial, y cumple con lo dispuesto previamente por el Gobierno provincial a través del Decreto N° 2745/2026.

El beneficio tiene carácter transitorio y rige desde el 1° de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2026. La decisión forma parte de un conjunto de medidas anunciadas por el Ejecutivo provincial para intentar aliviar la situación económica que atraviesan estos sectores.

Actividades alcanzadas

La resolución establece nuevas alícuotas para diferentes actividades. En el caso de hoteles, hosterías, residenciales, campings, restaurantes, cantinas y bares, la alícuota reducida será del 2,40%.

También se incluyen las agencias de viajes, con alícuotas del 4% o 4,80%, según la modalidad de prestación del servicio; las actividades de turismo aventura y servicios de apoyo turístico, que tendrán una alícuota del 4%.

El beneficio también alcanza al alquiler de inmuebles destinados a fiestas y convenciones, la organización de exposiciones comerciales y convenciones, y determinadas actividades relacionadas con espectáculos artísticos, museos y preservación de lugares históricos.

Cómo se aplicará la reducción

Desde ATER aclararon que la reducción se aplicará únicamente sobre los ingresos generados por las actividades incluidas expresamente en la normativa.

En los casos en que un mismo contribuyente desarrolle actividades alcanzadas por el beneficio y otras que no estén incluidas, la reducción se aplicará solamente sobre los ingresos correspondientes a las actividades beneficiadas.

Para acceder correctamente al beneficio, los comercios y empresas deberán discriminar sus ingresos en las declaraciones juradas y en las registraciones contables correspondientes.

La reducción de Ingresos Brutos se suma a otras medidas anunciadas por el Gobierno provincial para acompañar al sector turístico, entre ellas subsidios estacionales para la tarifa eléctrica y una línea de financiamiento del Consejo Federal de Inversiones (CFI).

Fuente: APFDigital.

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