Empleados de Comercio: cómo impacta el aumento del 5,7% en los salarios

El secretario del Sindicato de Empleados de Comercio, Roberto Lencina, explicó en el programa Primera Persona cómo se aplicará el último acuerdo paritario y cuánto verán reflejado los trabajadores en sus salarios durante los próximos meses.
01/09/2026

Lencina detalló que en la última negociación se acordó un incremento del 5,7% trimestral, distribuido en tres tramos del 1,9% mensual, que pasa directamente al básico y tiene carácter remunerativo.

Además, el acuerdo contempla una suma de $120.000 de carácter no remunerativo, que continuará vigente hasta el próximo acuerdo paritario. A esto se sumaron dos pagos extraordinarios de $25.000, correspondientes a julio y agosto, también de carácter no remunerativo.

Consultado sobre cuánto representa concretamente el aumento para los trabajadores, Lencina explicó que al liquidarse el salario correspondiente a agosto se incorpora un 1,9% de incremento al básico, calculado sobre el básico de junio.

El dirigente aclaró que los $120.000 no remunerativos ya forman parte de la liquidación y continúan cobrándose, por lo que la diferencia que se verá reflejada en esta etapa corresponde fundamentalmente al 1,9% que se incorpora al básico.

Según el acuerdo firmado, en noviembre los $120.000 deberían pasar al básico, aunque Lencina advirtió que posteriormente habrá que observar si ese punto se mantiene o se modifica en una nueva negociación.

Tres tramos del aumento
El secretario de Empleados de Comercio recordó que el primer 1,9% ya fue percibido con la liquidación de julio. Ahora, con la liquidación correspondiente, se incorpora el segundo tramo del 1,9%, mientras que el tercer tramo se aplicará cuando se liquide septiembre.

De esta manera, el aumento total acordado del 5,7% queda dividido en tres etapas del 1,9%, que impactan progresivamente sobre el salario básico de los trabajadores mercantiles.

La explicación de Lencina busca llevar claridad a los empleados de comercio sobre cómo se verá reflejado el acuerdo paritario en sus recibos de sueldo y diferenciar los conceptos remunerativos de aquellos que permanecen, por el momento, como no remunerativos.

¿Qué sensación te produjo esta nota?