Organizaciones ambientales pidieron precisiones al Municipio sobre la evaluación del Código de Ordenamiento Territorial

A través de una presentación dirigida al intendente José Eduardo Lauritto, ocho organizaciones y referentes de distintos espacios solicitaron aclaraciones sobre el procedimiento establecido por el Decreto N.º 29.455/2026. También requirieron información ambiental y plantearon la necesidad de garantizar la participación ciudadana y el aporte de especialistas.

Un conjunto de organizaciones ambientales, sociales y vecinos de Concepción del Uruguay presentó una nota ante el presidente municipal, José Eduardo Lauritto, en la que solicita precisiones sobre el proceso de evaluación del Código de Ordenamiento Territorial y Ambiental (COTA), dispuesto mediante el Decreto N.º 29.455, del 26 de octubre de 2026.

La presentación, fechada el 2 de noviembre, plantea una serie de interrogantes sobre el alcance del procedimiento, la integración y el funcionamiento de la Comisión Asesora, los criterios para elaborar el dictamen y las instancias de participación ciudadana.

Los firmantes consideran que resulta necesario aclarar las condiciones del proceso antes de que la Comisión comience el tratamiento de fondo de la evaluación, con el objetivo de aportar transparencia, certeza y legitimidad.

Cuestionamientos sobre el alcance del decreto
Uno de los principales planteos está relacionado con las diferencias terminológicas que, según las organizaciones, existen entre el decreto municipal y el texto del COTA, aprobado por Ordenanza N.º 11.408/2023.

En ese sentido, señalan que el Código contempla dos instancias diferenciadas: la evaluación, prevista en el artículo 216, y la actualización, establecida en el artículo 217.

Sin embargo, advierten que el decreto utiliza el término "revisión" y menciona una "Comisión Revisora", cuando el Código establece la existencia de una Comisión Asesora. También cuestionan que el artículo 216 sea calificado como "indicativo", pese a que su redacción establece una instancia de evaluación.

Por ese motivo, solicitan que se aclare formalmente que el proceso iniciado corresponde a la evaluación prevista en el artículo 216 y que cualquier eventual actualización deberá cumplir con todos los pasos establecidos en el artículo 217.

Participación y funcionamiento de la Comisión Asesora
Otro de los puntos centrales de la presentación se refiere a la elaboración del dictamen. Las organizaciones sostienen que el COTA establece un criterio de construcción de consensos y que, cuando no se alcancen acuerdos, deberán quedar registradas las distintas opiniones y las instituciones o personas que las sostienen.

En consecuencia, piden conocer cómo se garantizará que las posiciones divergentes tengan el mismo nivel de consideración y de qué manera se documentarán las observaciones y propuestas de cada integrante.

También solicitan precisiones sobre quién ejercerá la coordinación de la Comisión, cómo se elaborará su reglamento interno, qué modalidad tendrán las subcomisiones y por qué medios se publicarán las actas y los documentos de trabajo.

Además, requieren conocer el cronograma previsto y los plazos para la elaboración del dictamen.

Piden convocar a especialistas e incorporar al INTA
La nota también pone el foco en la necesidad de incorporar conocimientos técnicos específicos sobre planificación urbana y ordenamiento territorial.

Los firmantes consideran que la participación de instituciones y sectores de la comunidad no reemplaza la convocatoria a especialistas prevista en el artículo 217 del Código.

En particular, solicitan que se informe cómo se convocará a profesionales con trayectoria acreditada en planificación urbana y ordenamiento territorial, y qué mecanismos institucionales se utilizarán para garantizar su participación.

Asimismo, proponen convocar al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) cuando se analicen cuestiones vinculadas con las zonas periurbana y rural, especialmente en lo referido a la subdivisión y los usos del suelo, la aptitud productiva y la protección de los espacios de valor ecológico.

Un pedido de información ambiental
En el marco de la Ley Nacional N.º 25.831, de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental, las organizaciones también solicitaron al Municipio información sobre el desarrollo del proceso.

Entre los datos requeridos se encuentran el listado de instituciones invitadas a integrar la Comisión Asesora y las fechas de las convocatorias; el estado del registro de ciudadanos interesados en participar; la cantidad de personas inscriptas y la fecha prevista para el sorteo público.

También pidieron conocer cuándo y dónde se realizará la reunión constitutiva, si existe un proyecto de reglamento interno, el cronograma de trabajo y las previsiones presupuestarias para convocar especialistas.

La presentación recuerda que la Ley N.º 25.831 establece un plazo máximo de 30 días hábiles para responder los pedidos de información ambiental.

Quiénes firmaron la presentación
El documento lleva las firmas de representantes y referentes de Vecinos por los Humedales del Río Uruguay, Asamblea Ambiental Uruguayense, Fauna Cultural y Ambiental, Salvemos al Río Uruguay, Asociación Civil Ayuda Animal Concepción del Uruguay, Movimiento Territorial de Liberación (MTL), Grupo Güerta y Energía y Club de Observadores de Aves Güira Pirá.

Finalmente, solicitaron que la presentación sea incorporada a un expediente municipal, que los planteos sean considerados en la reunión constitutiva de la Comisión Asesora y que las respuestas sean entregadas por escrito antes del inicio del tratamiento de fondo de la evaluación.

Fuente: presentación de las organizaciones ante la Municipalidad de Concepción del Uruguay, fechada el 2 de noviembre de 2026.

¿Qué sensación te produjo esta nota?