2026-09-11

Por incumplir con la cuota alimentaria prohibieron a un DJ tocar en un bar de Paraná

Un reconocido dj de Paraná no pudo desarrollar su actividad el día de ayer por su reiterada conducta de incumplimiento de la cuota alimentaria en favor de sus hijos menores (de 12, 6 y 5 años).

Un reconocido dj de Paraná no pudo desarrollar su actividad el día de ayer por su reiterada conducta de incumplimiento de la cuota alimentaria en favor de sus hijos menores  (de 12, 6 y 5 años). Así se dispuso por uno de los Juzgados de Familia de Paraná, que previamente lo había emplazado a pagar su deuda en 24 horas.

En la medida, dictada luego de reiteradas intimaciones, la magistrada advirtió puntualmente que en caso incumplimiento de tales disposiciones, le quedaba impedido el ingreso a un local ubicado en la zona del balneario Thompson, de Paraná, haciendo saber que el titular u organizador del evento era pasible de resultar “solidariamente responsable por los alimentos adeudados” equiparando el vínculo al contemplado  por el art. 551 del Código Civil y Comercial”. La advertencia obedeció al anuncio público del espectáculo a realizarse anoche, lo que fue advertido de oficio por el Juzgado. 

El artículo en cuestión establece: “Incumplimiento de órdenes judiciales. Es solidariamente responsable del pago de la deuda alimentaria quien no cumple la orden judicial de depositar la suma que debió descontar a su dependiente o a cualquier otro acreedor”.

La jueza también ordenó que en caso de no abonar los alimentos adeudados previo al evento y de asistir a trabajar como DJ, “se dispondría su egreso bajo el auxilio de la fuerza pública, autorizando el allanamiento y el uso de la misma, con la debida moderación”, para lo que requirió la presencia policial correspondiente a través de la  Oficina de Violencia de Género de la Policía de Entre Ríos, a fin de garantizar la prohibición de ingreso o de reingreso del dj “P”.


11 de septiembre de 2026
SIC STJER

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