2026-09-05

El STJ ordenó a OSER cubrir el 70% de un medicamento para una afiliada con endometriosis

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos hizo lugar parcialmente a una acción de amparo y ordenó a la Obra Social de Entre Ríos (OSER) garantizar, en un plazo de dos días hábiles, la cobertura del 70% del medicamento Dienogest durante seis meses.

La resolución fue dictada este 5 de septiembre de 2026, en el expediente “D.M.C. c/ Obra Social de Entre Ríos (OSER) s/ Acción de amparo”, Expte. N° 28795.

La afiliada había solicitado la cobertura integral del Dienogest 2 mg diarios, prescripto por su médica tratante para el tratamiento de una endometriosis profunda, una enfermedad de carácter crónico y progresivo. OSER había autorizado inicialmente una cobertura del 40%, correspondiente al esquema de medicamentos ambulatorios.

El STJ consideró acreditado que la patología es crónica y que, conforme al Programa Médico Obligatorio (PMO), los medicamentos destinados a enfermedades crónicas prevalentes tienen una cobertura general del 70%. Por ese motivo, entendió que el porcentaje ofrecido por la obra social no resultaba razonable.

La Justicia no hizo lugar al 100%
Si bien la afiliada había solicitado la cobertura total del medicamento, el Tribunal entendió que no existía una norma particular que justificara una cobertura integral del 100% en este caso.

Por eso, la resolución fue parcialmente favorable: se revocó la sentencia de primera instancia y se ordenó a OSER cubrir el 70% del costo del Dienogest, a razón de 2 mg diarios y durante seis meses, de acuerdo con la prescripción médica.

Además, el STJ impuso las costas de todo el proceso a la obra social.

La sentencia fue suscripta por las vocales Claudia M. Mizawak y Gisela N. Schumacher y el vocal Leonardo Portela.

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