Marigo cuestionó el fallo que redujo las penas por el crimen de Rafael Nahuel

El exjuez, integrante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) y abogado querellante en la causa por la muerte de Rafael Nahuel, cuestionó la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal que redujo las penas de los prefectos del Grupo Albatros y dejó sin efecto las inhabilitaciones.
30/09/2026

Rubén Marigo se refirió al reciente fallo de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, que modificó las condenas impuestas a cinco integrantes del Grupo Albatros por la muerte de Rafael Nahuel, ocurrida en 2017.

Según explicó Marigo, la Cámara redujo la condena de Francisco Javier Cavia, señalado como autor material del disparo, de cinco años de prisión efectiva y ocho años de inhabilitación a tres años de prisión en suspenso, además de eliminar la inhabilitación.

También fueron reducidas las penas de los otros prefectos involucrados, Javier Pintos, Obregón, Sosa y Sergio García, todas de cumplimiento condicional y sin inhabilitación.

Marigo cuestionó los fundamentos utilizados para disminuir las condenas y sostuvo que la resolución no contempló, según su interpretación, aspectos centrales de la causa, entre ellos la cantidad de disparos efectuados durante el operativo y que Rafael Nahuel recibió el disparo por la espalda.

El abogado querellante también señaló que la causa lleva casi diez años de recorrido judicial y consideró que la resolución representa un retroceso en materia de violencia institucional y derechos de los pueblos originarios.

En ese sentido, recordó que Rafael Nahuel tenía 21 años y pertenecía a la comunidad Lafken Winkul Mapu, en el marco de un conflicto territorial en la zona de Villa Mascardi.

Marigo adelantó además que esta semana mantendrán una reunión con los padres de Rafael Nahuel para analizar los pasos a seguir y evaluar la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario.

El exjuez manifestó finalmente su preocupación por el rumbo de la causa y cuestionó el criterio adoptado por los integrantes de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal.

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