El Gremio de Controladores entregó credenciales habilitantes

22/06/2023

Organizado por el Sindicato de Controladores Autoconvocados de la Provincia de Entre Ríos, fue renovado en sus funciones como Delegado para el Departamento Uruguay Gustavo García León y fueron habilitados Controladores y Controladoras que cumplían los requisitos necesarios, realizaron los cursos correspondientes y aprobaron los exámenes exigidos por la Ley Nacional N° 26.370 y la Ley Provinciai N° 10.517.

En 2006, el homicidio del joven Martín Castellucci en el boliche “La Casona” de Lanús marcó un precedente. Esa noche de verano, Martín discutió con un custodio que discriminó a un amigo suyo. Lo defendió y recibió una golpiza que terminó con su vida. Los padres impulsaron una ley, sancionada en 2008, que regula los derechos y garantías de los ciudadanos al asistir a espectáculos públicos.

La Ley Nacional N° 26.370 establece los requisitos e impedimentos de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia y de las empresas que los contratan para desempeñarse en espectáculos públicos. También el derecho a la diversión o al esparcimiento. Rige para todo “espectáculo o evento público en clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes” y todo otro lugar de “entretenimiento de público en general”.

La ley está pensada para prevenir la violencia y la discriminación en espectáculos públicos. Protege a los asistentes a este tipo de espectáculos con una capacitación obligatoria a los controladores, y estableciendo los límites del derecho de admisión y permanencia para la seguridad de los asistentes y en igualdad de condiciones para todos ellos. Pueden solicitar un trato no discriminatorio, en forma respetuosa y amable, protegiendo su integridad física y moral sin violencia ni agravios. Así como a ellos les pueden exigir no entrar con camisetas de fútbol, pirotecnia o armas y taparse tatuajes xenófobos, porque generan violencia.

Son varios los requisitos que deben cumplir los trabajadores de control de admisión y permanencia en el ejercicio de su labor, por ejemplo: ser mayores de edad, obtener un certificado de aptitud físico y otro psicológico. Además tienen que obtener la credencial con nombre y foto realizando cursos, habiendo cumplido con los niveles de educación obligatoria, no pueden portar armas ni desempeñarse como agentes de ninguna fuerza policial ni de seguridad o armada, ni de inteligencia, o haber sido exonerados de las mismas.

Por último, en el local bailable o evento tiene la obligación pedir DNI y no dejar ingresar menores de edad a boliches para personas mayores. Y también separar de manera no violenta a las personas que generan conflictos en los espectáculos; si están alcoholizados o drogados deben llamar a una ambulancia que los asista, colaborar en la evacuación en caso de siniestros, y colaborar con las fuerzas del orden público de ser necesario siempre y cuando cumplan los requerimientos estipulados en las Leyes antes mencionadas.